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Señalética  de seguridad

Se debe señalizar todo elemento o situación que pueda constituir un riesgo para la salud o la seguridad, y en especial (RD 485/1997, art. 4.1 y Anexo III):

  • Lugares de almacenamiento de sustancias y productos peligrosos. Recipientes y tuberías que contengan estos productos.

  • Lugares peligrosos, obstáculos y vías de circulación.

  • Riesgos específicos, como radiaciones ionizantes, riesgo biológico, riesgo eléctrico, etc.

  • Salidas de emergencia.

  • Equipos de lucha contra incendios.

  • Maniobras peligrosas y situaciones de emergencia.

  • Un peligro particular, un riesgo inusual, un texto personalizado, una señal especial, la fabricamos a su medida.

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